LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS A LA SALUD, A LA SEGURIDAD SOCIAL, A LA SEGURIDAD JURÍDICA Y A LA VIDA DIGNA.

La Corte Constitucional analizó la sentencia de segunda instancia emitida dentro de la acción de protección No. 09286-2017-01593 y declaró vulnerado el derecho al debido proceso en la garantía de motivación.

Luego de verificar los presupuestos excepcionales para la procedencia del control de mérito, la Corte resolvió la acción de protección presentada por Doris Janeth Escobar Rodríguez en contra del Hospital de Especialidades Teodoro Maldonado Carbo y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y declaró la vulneración de los derechos a la salud, a la seguridad social, a la seguridad jurídica y a la vida digna.

Sentencia No. 2936-18-EP/21

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