2025

RESOLUCIÓN CON FUERZA DE LEY RESPECTO DE LA BONIFICACIÓN POR DESAHUCIO

Feb14
La Corte Nacional de Justicia dirimió fallos contradictorios y aprueba que el criterio respecto a la procedencia del pago de la bonificación por desahucio es el siguiente: “El trabajador que haya decidido terminar su relación laboral por separación o retiro voluntario, no podrá acogerse a la bonificación por desahucio contemplada en el inciso segundo del artículo 184 del Código del Trabajo, pues se estaría beneficiando dos veces por la terminación de la relación laboral”.
Resolución No. 03-2025

PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO SOBRE INDEMNIZACIÓN EN CASO DE DESPIDO INTEMPESTIVO.

Feb13
La Corte Nacional de Justicia declara como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho: “La remuneración que deberá aplicarse para el cálculo de las indemnizaciones que correspondan por despido intempestivo será la última percibida, siempre que esta sea más favorable para la o el trabajador. De esta forma, se preferirá siempre la última mejor remuneración, la misma que podría corresponder a la del mes previo, o la del mismo mes en que se produjo el despido”.
Resolución No. 02-2025

PLAN REGULATORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DE ECUADOR PARA EL AÑO 2025

Feb12
La Superintendencia de Protección de Datos Personales, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, ha resuelto emitir la presente resolución, mediante la cual se aprueba el Plan Regulatorio Institucional para el año 2025, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución No. SPDP-SPDP-2024-0018-R.
Esta resolución tiene como propósito establecer los lineamientos y procedimientos para la elaboración y aprobación del Plan Regulatorio Institucional de la Superintendencia de Protección de Datos Personales, el cual deberá ser implementado de manera anual.
Resolución No. SPDP-SPD-2025-0002-R

REFORMA AL CÓDIGO MUNICIPAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.

Feb11
El Concejo del Distrito Metropolitano de Quito, dispuso la reforma al Código Municipal, mediante la cual, se sancionará a la o el conductor y/o la o el propietario del vehículo que circule en contravención de los planes de restricción y de regulación vehicular.
En cualquier caso, se podrá pagar la sanción con trabajo comunitario. Cada $10 equivaldrá a una hora de trabajo comunitario. En el caso de que exista un saldo en fracciones de dólar, se calculará el tiempo proporcional correspondiente.
Además, se prohíbe la retención de los vehículos que circulen en contravención a los planes de restricción y regulación vehicular en el DMQ.
Ordenanza 085-2024

SE DECLARAN IMPROCEDENTES LAS MEDIDAS CAUTELARES PRESENTADAS PARA DEJAR SIN EFECTO ÓRDENES DE PRISIÓN PREVENTIVA EMITIDAS EN UN PROCESO PENAL.

Feb10
La Corte Constitucional revisa un auto emitido por el juez de la Unidad Judicial Multicompetente en Materias no Penales y Adolescentes Infractores del cantón Paján, provincia de Manabí, que aceptó una medida cautelar constitucional autónoma a favor de una persona privada de la libertad, a través de la cual se dejaron sin efecto varias órdenes de prisión.
En este caso se aplicó el precedente jurisprudencial que estableció que las medidas cautelares solicitadas en contra de la ejecución de órdenes judiciales son improcedentes al contravenir la norma procesal que prohíbe expresamente aceptar medidas cautelares constitucionales contra decisiones judiciales de procesos ordinarios, sean cautelares o definitivas.
Sentencia 28-23-JC/24

VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PROPIEDAD ES OBJETO DE ACCIÓN DE PROTECCIÓN

Feb07
Una entidad pública presenta una acción de protección al considerar que se está vulnerando el derecho a la propiedad cuyo objeto es determinar que, en el caso de haber una confiscación sin proceso expropiatorio, a menos se revista un elemento de gravedad.
La Corte Constitucional encuentra que la pretensión de la compañía accionante en el proceso de origen fue específica de la vía ordinaria, por lo que la Corte Provincial vulneró la seguridad jurídica al conocer la acción de protección, y al conceder su pretensión.
Sentencia 400-EP/24 -24

SE CREA EL MECANISMO PARA ATENDER, PROTEGER, Y FACILITAR LA REINTEGRACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA DE LOS MIGRANTES ECUATORIANOS RETORNADOS.

Feb06
El presidente de la República creó el mecanismo para atender, proteger, y facilitar la reintegración social y económica de los migrantes ecuatorianos retornados por las recientes políticas migratorias de los Estados Unidos, promoviendo su dignidad humana, mediante una transferencia monetaria mensual, de carácter temporal.
Este mecanismo será exclusivo para las y los ecuatorianos, que sean retornados porque no pudieron regularizar su condición migratoria.
Decreto 521

TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS MÍNIMAS PARA EL AÑO 2025.

Feb05
La Ministra de Inclusión Económica y Social en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral l del Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador, expidió la tabla de pensiones alimenticias mínimas y tabla de pensiones alimenticias para niñas, niños y adolescentes con discapacidad, para el año 2025.
La Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas estará compuesta por seis niveles en función de los ingresos del alimentante y los ingresos expresados serán en Salarios Básicos Unificados (SBU).
Acuerdo MIES-MIES-2025-0005-A.

LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS DECRETOS EJECUTIVOS 500 Y 505 POR SER CONTRARIOS AL ARTÍCULO 146 DE LA CONSTITUCIÓN.

Feb04
La Corte Constitucional con 8 votos a favor, acepta la acción pública de inconstitucionalidad planteada en contra del Decreto Ejecutivo 500 y, por existir unidad normativa, también del Decreto Ejecutivo 505, expedidos por el presidente de la República.
Se considera que la figura del encargo de la Presidencia de la República a través de la expedición de un decreto ejecutivo es incompatible con el artículo 146 de la Constitución.
Sentencia 1-25-IN/25

LA CORTE CONSTITUCIONAL DESARROLLA EL ALCANCE DE “ÁMBITO TERRITORIAL” EN LA JURISDICCIÓN INDÍGENA.

Feb03
La Corte Constitucional resuelve la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena presentada por Segundo Luis Fernando Quizhpe Cartuche, en contra de la resolución dictada por la Asamblea General de la Comuna Gulacpamba el 26 de noviembre de 2022.
Una vez realizado el análisis respectivo, la Corte concluyó que la decisión impugnada no vulneró los derechos del accionante.
Sentencia 11-22-EI/24




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