2025

DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES A DISPONER DE BIENES Y SERVICIOS DE ÓPTIMA CALIDAD Y A ELEGIRLOS CON LIBERTAD.

Oct22
La Corte Constitucional revisó la sentencia de 28 de junio de 2019 dictada por la Sala Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha emitida dentro de un proceso de acción de protección iniciado por la Defensoría del Pueblo a favor de 65 personas que alegaron ser víctimas de violaciones a sus derechos constitucionales como usuarios y consumidores por parte de OTECEL. La Corte emitió estándares con efectos vinculantes para casos análogos futuros sobre los derechos de usuarios y consumidores a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, y a contar con sistemas de atención y reparación.
Sentencia 1068-19-JP/25

VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA IDENTIDAD Y A RECIBIR SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD DE UNA PERSONA EN SITUACIÓN DE CALLE.

Oct21
La Corte Constitucional constató la vulneración de la garantía de motivación en la sentencia que resolvió en segunda instancia la acción de protección presentada en favor de una persona que se encontraba en situación de calle y que no contaba con cédula de identidad, al no haberse inscrito su nacimiento. La Corte verificó que las autoridades judiciales accionadas vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de motivación, así también, se concluyó que el Registro Civil vulneró el derecho a la identidad y a contar con servicios públicos de calidad del señor V.F.G.P.
Sentencia 673-17-EP/23

DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS NIÑAS Y NIÑOS QUE RECIBEN UNA PENSIÓN DE MONTEPÍO POR ORFANDAD.

Oct20
La Corte revisó el caso seleccionado de una acción de protección planteada en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), debido a que, esta entidad, sin contar con una previsión normativa expresa, canceló la pensión de montepío en perjuicio de una niña. La niña afectada gozaba de esta prestación por la muerte de su madre biológica, y había cumplido con los requisitos legales exigidos para dicha pensión, pero el IESS basó su decisión en el cambio de estatus de filiación de la niña puesto que fue adoptada. La Corte concluyó que la pensión de montepío contó con el financiamiento legal requerido y que esta prestación no podía ser cancelada basándose en el cambio de estatus de filiación de la niña, puesto que este hecho no era una causal de cancelación prevista en la normativa aplicable.
Sentencia No. 615-14-JP/23

EL GOBIERNO LOCAL DE LOJA DEBE GARANTIZAR QUE SUS NORMAS SE AJUSTEN A LA CONSTITUCIÓN Y PROTEJAN LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS.

Oct17
La Corte Constitucional aceptó y declaró la inconstitucionalidad por el fondo, de la frase “con avalúo máximo de 100 Remuneraciones Básicas Unificadas (RBU) del trabajador en general” del inciso tercero del artículo 25 de la Ordenanza 051-2017 que regula la determinación, gestión y recaudación de la contribución especial de mejoras en el cantón Loja, en lo que respecta al acceso a la rebaja de la contribución especial de mejoras para las personas adultas mayores, por contravenir los artículos 11 numeral 8 y 37 numeral 5 de la Constitución. La Corte recordó que toda medida que reduzca derechos sin justificación es regresiva e injusta.
Sentencia 107-21-IN/25

SE CREA EL PROGRAMA “RESIDENCIA UNIVERSITARIA”.

Oct16
El Presidente de la República, decretó, crear el programa “Residencia Universitaria”, el cual consiste en la implementación de residencias en las Escuelas Politécnicas Públicas y Universidades Públicas a nivel nacional como un mecanismo de incentivo para fortalecer el acceso a la educación superior de los jóvenes, contribuyendo a garantizar el principio de igualdad de oportunidades.
Decreto 182

LA CONSTITUCIÓN RECONOCE LA JUSTICIA INDÍGENA COMO PARTE DE NUESTRO ESTADO PLURINACIONAL.

Oct15
La Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, que impugna la resolución de 14 de junio de 2018 adoptada por la Asamblea de Justicia Comunitaria de la comunidad de Oñacapac. La Corte concluye que la autoridad indígena de la comunidad, al dictar la resolución impugnada, no vulneró el derecho de los accionantes al debido proceso, en la garantía de ser juzgados por una autoridad competente, ya que las decisiones comunitarias son válidas si las dicta una autoridad indígena legítima.
Sentencia 1-18-EI/24

LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARÓ INCONSTITUCIONAL EL USO DEL TÉRMINO “DEMENTE” Y UNA REFORMA QUE TRATABA COMO INCAPACES ABSOLUTOS A TODAS LAS PERSONAS CON TRASTORNOS MENTALES.

Oct14
La Corte Constitucional aceptó las acciones públicas de inconstitucionalidad presentadas en contra de las distintas disposiciones del Código Civil que usan el término “demente” y la disposición reformatoria segunda de la Ley Orgánica de Salud Mental que remplazó el término “demente” por “personas con trastornos mentales”. La Corte concluyó que las normas impugnadas son contrarias al derecho a la igualdad y no discriminación al utilizar un término con carga emotiva y ampliar el ámbito de aplicación de dichos artículos para todas las personas con trastornos mentales sin un criterio objetivo constitucionalmente válido. Por tanto, se dispone que el Código Civil utilice el término “persona con demencia”.
Sentencia 10-24-IN/25

SE CREA UN MECANISMO DE COMPENSACIÓN ECÓNOMICA POR REFORMA AL PRECIO DEL DIESEL AUTOMOTRIZ PARA VEHICULOS DE TRANSPORTE COMERCIAL.

Oct13
El presidente de la República, decretó, crear e implementar un mecanismo de compensación por la aplicación de la reforma del precio del diésel automotriz, a través de una transferencia monetaria mensual para los propietarios de vehículos con modalidad de transporte comercial: carga pesada, carga liviana, transporte mixto y transporte escolar e institucional. La compensación monetaria se pagará a través de transferencia bancaria o retiro en ventanilla. El monto de la transferencia o del retiro será definido en función de los volúmenes de consumo establecidos en la metodología para determinar el consumo de combustible para la compensación al transporte comercial.
Decreto 180

SE REDUCE EL IVA AL 8% PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS DEL 09 AL 12 DE OCTUBRE DEL 2025.

Oct08
El presidente de la República, decretó, reducir al ocho por ciento (8%) la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado – IVA, para la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo los días jueves 09, viernes 10, sábado 11 y domingo 12 de octubre de 2025.
Decreto 179

SE RENUEVA POR TREINTA DÍAS ADICIONALES EL ESTADO DE EXCEPCIÓN EN LAS PROVINCIAS DE GUAYAS, EL ORO, LOS RÍOS, MANABÍ Y EL CANTÓN ECHEANDÍA, PROVINCIA DE BOLÍVAR.

Oct07
El presidente de la República, decretó, renovar por treinta días adicionales, la declaratoria de estado de excepción en las provincias de Guayas, El Oro, Los Ríos, Manabí y el cantón Echeandía, provincia de Bolívar, por grave conmoción interna en los términos establecidos en los Decretos Ejecutivos No. 76 y 109 de 06 y 20 de agosto de 2025.
Decreto 175