2025

DESIGNACIÓN DE JUEZAS Y JUECES DE ENLACE PARA LA APLICACIÓN DEL “CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES.

Jun20
El pleno del Consejo de la Judicatura aprobó el informe No. CJ-DNASJ-2025-093-I, remitido por la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Justicia, que contiene el listado de perfiles para desempeñar las funciones de Juezas o Jueces de enlace principal, provenientes de las Cortes Provinciales; y, Jueza o Juez de enlace orientador, proveniente de la Corte Nacional de Justicia para la aplicación del “Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de sustracción internacional de menores”.
Resolución 047-2025

PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO.

Jun19
La Corte Nacional de Justicia declaró como precedente jurisprudencial obligatorio en los artículos 95 y 131 del Código Tributario, el siguiente punto de derecho: “La Administración Tributaria, dentro de un reclamo administrativo contra un acto de determinación, tiene la facultad de iniciar una determinación complementaria -cuando se cumplan los supuestos del art. 131 del Código Tributario- en el plazo de un año desde que se notificó al contribuyente con la determinación original.
Si la Administración Tributaria notifica al contribuyente con la orden de determinación complementaria dentro del plazo antes señalado, pero faltando menos de un año para que caduque dicha facultad, operará la interrupción de la caducidad, por el plazo máximo de un año contado desde la notificación de la orden de determinación complementaria”.
Resolución 08-2025

PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO.

Jun18
La Corte Nacional de Justicia declaró como precedente jurisprudencial obligatorio en los artículos 603, 715, 2398 y 2410 del Código Civil, el siguiente punto de derecho: “El requisito de la singularización del inmueble, tiene diferentes connotaciones en la acción de reivindicación y en la de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. En la reivindicación no es necesaria una determinación exacta de los linderos y superficie del bien inmueble objeto de litigio; en tanto que, en la acción de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, se debe exigir, precisión y claridad en tales determinaciones, no solo respecto de su ubicación geográfica sino también su cabida y linderos, con la finalidad de que no se afecten derechos de terceros.
En los casos de usucapión, únicamente serán tolerables las diferencias en cuanto a las dimensiones o linderos, cuando las mismas sean mínimas o respondan a un error en medidas pequeñas o situaciones singulares; situación que deberá ser valorada por el juez en el marco de la sana crítica.”
Resolución 07-2025

GRUPO DE JUBILADOS DEL IESS SUFRIERON MALTRATO INSTITUCIONAL AL SER DESALOJADOS DE SU ESPACIO DE TERAPIAS Y REUBICADOS EN CONDICIONES INDIGNAS.

Jun17
La Corte Constitucional aceptó parcialmente la acción de incumplimiento presentada sobre las medidas dispuestas por la Unidad Judicial Norte 1 Penal con sede en el cantón Guayaquil, en la sentencia de 4 de octubre de 2017, en el marco de una acción de protección, dictadas a favor de un grupo de adultos mayores jubilados del IESS.
Además, la Corte señaló que la dignidad de las personas mayores no se puede posponer y reafirmó que los derechos de la salud, un trato digno y a servicios públicos de calidad, deben cumplirse de forma efectiva y oportuna.
Sentencia 5-20-IS/24

REFORMAS AL DECRETO EJECUTIVO NO. 856 DE 15 DE AGOSTO DE 2019; Y AL DECRETO EJECUTIVO NO. 311 DE 26 DE JUNIO DE 2024.

Jun16
El Presidente de la República, resolvió, realizar reformas al Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica y al Reglamento de Operaciones de Gas Natural.
Decreto No. 32

LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES.

Jun13
Se publicó la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, misma que dispone la reforma a varios artículos de dicha Ley.
Además, se dispone que el Reglamento para la aplicación de la presente Ley deba emitirse en un plazo máximo de treinta días, contados a partir de la presente fecha.
R.O. 59-5S, 13-VI-2025

LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA FERROCARRILES DEL ECUADOR.

Jun13
El Presidente de la República, resolvió, ampliar hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo de liquidación de la Empresa Ferrocarriles del Ecuador, Empresa Pública -FEEP-, en Liquidación, sin perjuicio del análisis posterior de la situación de dicha liquidación.
Decreto No. 26

LEY ORGÁNICA DE INTELIGENCIA.

Jun12
La Ley Orgánica de Inteligencia tiene por objeto establecer el marco jurídico del Sistema Nacional de Inteligencia; así como su funcionamiento, atribuciones y competencias, los principios que lo rigen, sus instancias de control, los subsistemas que lo componen, las mismas que permitan a la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia y sus subsistemas, llevar a cabo las actividades y operaciones, de inteligencia y contrainteligencia, dentro del ámbito de sus competencias, para alertar y asesorar en la toma de decisiones en el más alto nivel, buscando anticipar, evitar y/o neutralizar, amenazas y riesgos, que afecten a la seguridad integral del Estado.
R.O. 57-4S, 11-VI-2025

LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD NACIONAL.

Jun11
La Ley Orgánica de Solidaridad Nacional tiene por objeto establecer un régimen jurídico especial en el marco del conflicto armado interno, a través del cual se incorporan medidas financieras, tributarias y de seguridad, destinadas a garantizar la sostenibilidad del sistema económico y financiero del país, proteger a la población civil y fortalecer a las fuerzas del orden, entendiéndose como tales a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, con el fin de propiciar la reactivación económica en zonas afectadas por los efectos del citado conflicto.
R.O. 56-6S, 10-VI-2025

RENOVACIÓN DE DECLARATORIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN.

Jun11
El Presidente de la República, resolvió, renovar por treinta (30) días adicionales la declaratoria de estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos; y el Distrito Metropolitano de Quito de la provincia de Pichincha, por grave conmoción interna, en los términos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 599 de 12 de abril de 2025.
Decreto No. 23