NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES TIENEN DERECHO A CRECER EN LIBERTAD, DIGNIDAD Y SIN EXPLOTACIÓN.
La Corte Constitucional revisó y aceptó las acciones de protección que un conjunto de personas afectadas planteó en contra de Furukawa Plantaciones del Ecuador C.A. y de varias entidades públicas (Ministerios del Trabajo, Salud, Inclusión Económica y Social, Educación y Gobierno).
De los hechos del caso se desprende que, por más de cinco décadas, Furukawa mantuvo en sus haciendas una práctica análoga a la esclavitud conocida como servidumbre de la gleba.
La sentencia declaró que Furukawa violó la prohibición de la esclavitud en perjuicio de las y los abacaleros y arrendatarios de sus haciendas, anulando su dignidad humana y como reparación integral ante los actos de Furukawa, la Corte ordenó a la empresa el pago de una reparación económica por daño inmaterial y material, así como disculpas públicas.
Sentencia 1072-21-JP/24
