ACLARACIÓN SOBRE LAS DUDAS RESPECTO DE LA CITACIÓN POR BOLETAS.

La Corte Nacional emitió la resolución donde se aclara que el lugar de habitación es el espacio donde la persona a ser citada vive, mora o reside habitualmente.
Además, la citación deba practicarse en el lugar de habitación de la persona a ser citada dentro de un inmueble sujeto a régimen de propiedad horizontal, el juez o la jueza, en el auto que ordene la citación, dispondrá la obligación de colaboración de los guardias, administradores o cualquier personal de vigilancia o control del inmueble, para permitir el cumplimiento de la diligencia.
Resolución No. 06-2025