REFORMAS A LA SECCION VII DE LA CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES MONETARIAS, FINANCIERAS, DE VALORES Y SEGUROS.

La Junta de Política y Regulación Financiera, en ejercicio de sus funciones ha aprobado un mecanismo de diferimiento temporal y extraordinario para brindar alivio financiero a quienes lo necesiten.

Este mecanismo permite a las entidades financieras públicas, privadas, populares y solidarias aplazar el pago de las cuotas de crédito hasta por 180 días y será aplicable a operaciones vigentes al 31 de marzo de 2025, el mismo estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2025.

Entre los principales beneficios se destacan los siguientes:

  • Las cuotas diferidas se trasladan al final de la tabla de amortización.
  • Las entidades pueden decidir si cobran o no intereses sobre las cuotas diferidas.
  • Puede ser solicitada por el cliente o propuesta por las entidades financieras.

Resolución No. JPRF-F-2025-0145

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