PROTECCIÓN DE PARIDAD DE GÉNERO EN LOS GAD, GARANTIZANDO QUE MUJERES Y HOMBRES TENGAN LAS MISMAS OPORTUNIDADES EN CARGOS PÚBLICOS.

La Corte Constitucional revisó sentencias de acciones de protección presentadas por la vulneración del derecho a la igualdad material y no discriminación de las mujeres. Estas se fundamentaron en el incumplimiento del principio de paridad, por la elección de hombres para las segundas autoridades del ejecutivo de los gobiernos autónomos descentralizados, cuyo periodo de funciones correspondía al 2019-2023.

La Corte declaró la vulneración de estos derechos y se estableció una regla de paridad para la operativización del principio.

Sentencia 1041-19-JP/25

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