ESTADO DE EXCEPCIÓN EN LAS PROVINCIAS DE MANABÍ, GUAYAS, SANTA ELENA, LOS RÍOS, EL ORO, Y LOS CANTONES LA MANÁ DE LA PROVINCIA DE COTOPAXI, LAS NAVES Y ECHEANDÍA DE LA PROVINCIA DE BOLÍVAR.

El Presidente de la República, decreto, declarar el estado de excepción en las provincias de Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, y los cantones La Maná de la provincia de Cotopaxi, Las Naves y Echeandía de la provincia de Bolívar, por la causal de grave conmoción interna.

La declaratoria de estado de excepción tendrá vigencia de sesenta (60) días.

Decreto 202

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