LA C.C. SEÑALÓ QUE LAS INSTITUCIONES DEBEN INFORMAR CON EVIDENCIAS Y DIFUNDIR LAS DECISIONES PARA ASEGURAR CUMPLIMIENTO Y CONTROL CIUDADANO.

La Corte Constitucional aceptó la AP presentada en contra de las sentencias de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos y de la Unidad Judicial de la Familia del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Este Organismo verificó que las sentencias impugnadas adolecen de insuficiencia motivacional y que la Unidad Judicial vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de presentar pruebas.

La Corte reconstruyó la regla de precedente contenida en la sentencia 673-17-EP/23 y concluyó que el Registro Civil vulneró el derecho a la identidad, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a acceder a servicios públicos del ciudadano E.A.Y.P.

Sentencia 375-24-EP/25

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