LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES TAMBIÉN ES ESTRUCTURAL CUANDO SE LES EXCLUYE DE CARGOS PARA LOS QUE FUERON ELEGIDAS.

La Corte Constitucional revisó sentencias de AP presentadas por la vulneración del derecho a la igualdad material y no discriminación de las mujeres. Estas se fundamentaron en el incumplimiento del principio de paridad, por la elección de hombres para las segundas autoridades del ejecutivo de los gobiernos autónomos descentralizados –uno provincial y los otros municipales–, cuyo periodo de funciones correspondía al 2019-2023.

Tras revisar 32 casos, la Corte fijó que, al designar viceprefecturas y vicealcaldías, debe respetarse la paridad cuando haya mujeres electas con derecho a ser designadas.

Sentencia 1041-19-JP/25

Related Posts

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *