TUTELA DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO POR LA DILACIÓN EXCESIVA EN ELEVAR UN EXPEDIENTE PARA APELACIÓN Y PÉRDIDA DE PIEZAS PROCESALES.

La C.C. acepta la A.P. al constatarse la vulneración del derecho al debido proceso en las garantías de no ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa, específicamente ante la dilación excesiva en la tramitación del recurso de apelación, desde su interposición.

Sentencia No. 873-20-EP/24.

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