LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS MUNICIPIOS EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA.

La Corte Constitucional aceptó parcialmente una acción por incumplimiento planteada contra el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Machala por su falta de cumplimiento a una de las obligaciones contenidas en la disposición transitoria primera del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

La Corte ordenó la aprobación de los estatutos orgánicos y funcionales de las entidades de seguridad.

Sentencia 15-23-AN/25.

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