NORMA GENERAL PARA LA GARANTÍA DEL DERECHO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL USO DE SISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL.

La presente norma general tiene por objeto garantizar la aplicación de los principios, derechos y obligaciones previstos en la LOPDP, en el RGLOPDP y en la normativa secundaria expedida por la SPDP, que serán de obligatorio cumplimiento para los responsables y encargados del tratamiento siempre y cuando desarrollen, entrenen, implementen, desplieguen y/o provean sistemas de inteligencia artificial que traten datos personales de titulares ecuatorianos, con independencia de la ubicación del sistema o del proveedor.

Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Resolución No. SPDP-SPD-2026-0009-R

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