REMISIÓN DE PROYECTO DE REFORMA PARCIAL A LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR A LA ASAMBLEA NACIONAL.

El presidente de la República, remite a la Asamblea Nacional el Proyecto de Reforma Parcial a la Constitución de la República del Ecuador, específicamente a los artículos 110 y 115, para que se lo tramite de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la Ley.

Decreto Ejecutivo No. 467

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