REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE ACOMPAÑAMIENTO Y REPARACIÓN TRANSFORMADORA E INTEGRAL A HIJAS, HIJOS, MADRES, PADRES Y DEMÁS FAMILIARES DE VÍCTIMAS DE FEMICIDIO Y OTRAS MUERTES VIOLENTAS POR RAZONES DE GÉNERO.

La finalidad del presente Reglamento es establecer la aplicación de los mecanismos de contención y respuesta urgente, así como los de acompañamiento y reparación transformadora e integral, que sean necesarios, útiles, suficientes y pertinentes para proteger, promover y garantizar el ejercicio de los derechos de las hijas, hijos, madres, padres y demás familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad de víctimas de homicidio y otras muertes violentas por razones de género.
Decreto 558