EL DERECHO A LA SALUD ES INTEGRAL, DEBE PREVENIR ENFERMEDADES, PROMOVER ENTORNOS SALUDABLES Y GARANTIZAR TRATAMIENTOS EFECTIVOS.

La Corte Constitucional, en casos de personas con enfermedades catastróficas y de alta complejidad (acciones de protección por falta de medicamentos), analizó y desarrolló el contenido del derecho a la disponibilidad y al acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, y los indicadores para garantizar este derecho en políticas públicas. Además, desarrolló el derecho a la tutela efectiva para el acceso a estos medicamentos.
Sentencia 679-18-JP/20