LA C.C. DETERMINÓ QUE SE VULNERARON LOS DERECHOS AL AGUA, A LA SALUD Y A SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD POR LA DISTRIBUCIÓN DE AGUA CONTAMINADA CON ARSÉNICO EN PUERTO BOLÍVAR.
La Corte Constitucional conoció la AP planteada por Ángel Bacilio Reyes Vera, en representación de los moradores de la parroquia de Puerto Bolívar, en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de Machala, la Empresa Pública Municipal de Agua Potable “Aguas Machala EP” (EPMAP) y el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), por la presunta vulneración de los derechos al agua y a la salud, debido a la distribución de agua con niveles de arsénico superiores a los permitidos para el consumo humano.
La Corte estableció parámetros específicos de actuación judicial frente a vulneraciones de este derecho en su dimensión colectiva y ratificó la decisión de aceptar la AP y declaró la vulneración del derecho al agua y al principio de prevención en relación con el derecho a la salud y dispone medidas de reparación integral.
Sentencia 4642-22-JP/25
