SE DISPONE QUE EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ANALICEN Y, DE SER PROCEDENTE, DECLAREN UNA SITUACIÓN DE EMERGENCIA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS A LA DEFENSA Y AL ORDEN PÚBLICO.
El Presidente de la República, dispone que el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional de manera independiente, en el ámbito de sus competencias y, de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General de aplicación, adopten de manera inmediata las acciones que resulten necesarias para analizar y, de ser procedente, emitir las resoluciones motivadas mediante las cuales declaren una situación de emergencia, orientada a la adquisición de los bienes y servicios que estimen adecuados para la defensa, la protección interna y el mantenimiento del orden público.
Decreto 288
