Análisis sobre derecho a la dignidad, el libre desarrollo de la personalidad, autonomía, integridad física, prohibición de tratos crueles y derecho a morir dignamente
La Sentencia 67-23-IN/24 de la Corte Constitucional del Ecuador resolvió una acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 144 del COIP, que tipifica el homicidio simple, en el contexto de la eutanasia activa. La Corte declaró la constitucionalidad condicionada de la norma, estableciendo que no se aplicará la sanción penal cuando un médico practique eutanasia activa con consentimiento libre, inequívoco e informado de una persona que sufre una enfermedad grave e incurable o una lesión grave e irreversible, con sufrimiento intenso. El fallo reconoce la primacía de los derechos a la vida digna y al libre desarrollo de la personalidad, e insta a la Asamblea Nacional a regular el procedimiento de eutanasia, sentando un precedente jurisprudencial histórico en materia de derechos humanos y bioética en el Ecuador.
