LA CORTE CONSTITUCIONAL ANALIZÓ EL CASO DE UNA ADOLESCENTE CUYA OPINIÓN NO FUE DEBIDAMENTE CONSIDERADA EN UN PROCESO QUE AFECTABA SU ENTORNO FAMILIAR.

La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada en contra de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Imbabura, que expidió la resolución de 5 de abril de 2019, que negó la revocatoria de la medida de acogimiento institucional dispuesta para una adolescente, al constatar la vulneración de su derecho al debido proceso en la garantía a ser escuchada en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.

Sentencia 1389-19-EP/23.

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