LA LICENCIA DE MATERNIDAD TAMBIÉN PERMITE LA RECUPERACIÓN INTEGRAL DE LA MADRE, QUE ESTÁ LIGADO CON SU DERECHO A LA SALUD.

La Corte Constitucional declaró la vulneración de los derechos a la protección especial como mujer en período de maternidad, a contar con las facilidades necesarias para su recuperación después del embarazo, y a la salud de una jueza a la que se le suspendió su licencia por maternidad tras el fallecimiento de su hijo.

La sentencia, concluyó que el Consejo de la Judicatura vulneró el derecho a la protección como mujer en período de maternidad de la accionante por haberla obligado a reintegrarse a funciones mientras se resolvía una consulta sobre la vigencia de su licencia por maternidad; la entidad accionada concluyó que tras la muerte del recién nacido el derecho a la licencia por maternidad se extinguiría, desconociendo que dicha licencia tiene –entre varios de sus fines– la recuperación de la madre después del embarazo.

Sentencia 878-20-JP/24

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