LA CONSTITUCIÓN RECONOCE LA JUSTICIA INDÍGENA COMO PARTE DE NUESTRO ESTADO PLURINACIONAL.

La Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, que impugna la resolución de 14 de junio de 2018 adoptada por la Asamblea de Justicia Comunitaria de la comunidad de Oñacapac.

La Corte concluye que la autoridad indígena de la comunidad, al dictar la resolución impugnada, no vulneró el derecho de los accionantes al debido proceso, en la garantía de ser juzgados por una autoridad competente, ya que las decisiones comunitarias son válidas si las dicta una autoridad indígena legítima.

Sentencia 1-18-EI/24

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