LA CORTE DEJÓ SIN EFECTO LA ANULACIÓN DE UN LAUDO ARBITRAL DICTADO SIN COMPETENCIA.
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada en contra de una sentencia que declaró la nulidad de un laudo arbitral.
La Corte constató que la acción de nulidad fue presentada de manera extemporánea, que la autoridad judicial accionada inobservó la regla de trámite prevista en el artículo 31 de la Ley de Arbitraje y Mediación y emitió una sentencia declarando la nulidad del laudo arbitral impugnado, sin tener competencia para aquello. En consecuencia, la Corte declaró la vulneración del derecho al debido proceso en las garantías de cumplimiento de las normas y derechos de las partes al inobservar la regla de trámite y la garantía de ser juzgado por un juez competente.
Sentencia 760-21-EP/25
