PROTOCOLO TÉCNICO-OPERATIVO PARA EL USO DE AVATARES DIGITALES COMO MEDIDA DE SEGURIDAD EN AUDIENCIAS TELEMÁTICAS.
El presente Protocolo tiene por objeto establecer las normas técnicas, operativas, administrativas y de seguridad que regulan la utilización de avatares digitales institucionales por parte de las juezas y jueces competentes en materia penal; las juezas y jueces especializados en el juzgamiento de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado; las juezas y jueces especializados en violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar; así como por cualquier otra jueza o juez, con independencia de la materia de su competencia, que, en razón de situaciones relacionadas con su seguridad, requiera utilizar esta herramienta tecnológica, durante el desarrollo de audiencias telemáticas efectuadas mediante plataformas tecnológicas autorizadas por el Consejo de la Judicatura.
Resolución 164-2026
