PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO SOBRE INDEMNIZACIÓN EN CASO DE DESPIDO INTEMPESTIVO.

La Corte Nacional de Justicia declara como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho: “La remuneración que deberá aplicarse para el cálculo de las indemnizaciones que correspondan por despido intempestivo será la última percibida, siempre que esta sea más favorable para la o el trabajador. De esta forma, se preferirá siempre la última mejor remuneración, la misma que podría corresponder a la del mes previo, o la del mismo mes en que se produjo el despido”.
Resolución No. 02-2025