SE EXPIDE EL REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DE DESASTRES.

El Reglamento regula las responsabilidades, funciones y atribuciones de los actores del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Integral del Riesgo de Desastres, estableciendo procesos, procedimientos, mecanismos, criterios y parámetros para la correcta y eficiente aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica para la Gestión Integral de Riesgos de Desastres, con el fin de proteger y garantizar la seguridad de las personas, medios de vida, infraestructura, servicios, comunidades, colectividades y la naturaleza, en el marco de la garantía de derechos, de conformidad con las disposiciones establecidas en la constitución.  

Decreto Ejecutivo No. 394 (R.O. 646-5S, 18-IX-2024)

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