2026

LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ QUE LA PRESTACIÓN DEFICIENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PUEDE VULNERAR EL DERECHO A UNA VIDA DIGNA.

Ago20
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada en contra de la decisión expedida el 23 de enero de 2023 por la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, en el marco de una acción de protección. La Corte encontró la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación en la sentencia de apelación. Adicionalmente, este Organismo analizó el mérito del caso, aceptó la acción de protección y declaró que la Empresa Eléctrica Quito S.A. vulneró los derechos de L.J.R.V. a la vida digna en relación con el derecho a acceder a servicios públicos de calidad, al haber incumplido sus obligaciones de inspección, control y remediación frente a una situación de riesgo derivada de la inobservancia de distancias mínimas de seguridad en el tendido eléctrico. Sentencia 580-23-EP/26

LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ QUE EL RETIRO DE PRODUCTOS PERECIBLES POR EL USO NO AUTORIZADO DEL ESPACIO PÚBLICO ES CONSTITUCIONAL, SIEMPRE QUE SE APLIQUE BAJO CONDICIONES ESPECÍFICAS.

Ago19
La Corte Constitucional declaró que la norma derivada del artículo 315 del Código Municipal, que prevé el retiro de productos perecibles expendidos por vendedores autónomos no autorizados en el espacio público, es constitucional a condición de que se la interprete en el sentido de que su aplicación por parte de los agentes municipales, basada en la evaluación de su idoneidad, necesidad y proporcionalidad, se sujete a dos condiciones que deben estar apropiadamente reguladas y organizadas por la Administración Pública: (i) el reconocimiento de un cierto margen de tolerancia jurídica a los presuntos infractores, es decir, debe ser aplicada como una medida de última ratio, privilegiando la prevención antes que la sanción de las infracciones; y (ii) la garantía de la conservación de los bienes perecibles objeto de la presunta infracción, a través de medios materiales efectivos. Sentencia 37-18-IN/26

SE RENUEVA POR 30 DÍAS ADICICIONALES LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN POR GRAVE CONMOCIÓN INTERNA DECLARADA MEDIANTE DECRETO 423.

Ago18
El Presidente de la República, decretó, renovar por treinta (30) días adicionales la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, así como en los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y La Troncal (Cañar) en los mismos términos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 423 de 16 de junio de 2026. Decreto 472

LEY ORGÁNICA REFORMATORIA DE VARIOS CUERPOS LEGALES PARA LA OPTIMIZACIÓN DE LA ADOPCIÓN.

Ago17
Se emitió la Ley Orgánica Reformatoria de Varios Cuerpos Legales para la Optimización de la Adopción. Con el objeto de optimizar el proceso de adopción, se disponen reformas al Código Orgánico General de Procesos, Código Orgánica de la Función Judicial, Código de la Niñez y Adolescencia y a la Ley Orgánica de Educación Superior. Ley s/n

REGLAMENTO DE GESTIÓN DEL PROCESO PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS EN LÍNEA SOBRE INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA BASE DE DATOS DE PERSONAS CON SENTENCIA CONDENATORIA POR DELITOS TIPIFICADOS EN LA DEROGADA LEY DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.

Ago14
El presente Reglamento tiene por objeto regular la administración del Sistema Informático de Gestión de Homónimos, No Constar y Exclusión de la Base de Datos (SIGHNE); y, la Base de Datos de Personas con Sentencia Condenatoria (PCSC), así como el procedimiento para la emisión, actualización, exclusión y control de los certificados en línea generados a partir de la información contenida en dicha base de datos, determinando las competencias de las Unidades Administrativas del Consejo de la Judicatura y las obligaciones de los solicitantes. Resolución 160-2026

PLAN DE SEGURIDAD INTEGRAL DE LA FUNCIÓN JUDICIAL.

Ago13
El objetivo del presente plan es proteger la integridad física de los servidores de la Función Judicial y de los activos tangibles e intangibles, mediante la mitigación de riesgos y amenazas detectadas y establecer los procedimientos de respuesta y control necesarios para garantizar la continuidad de las operaciones de la Función Judicial, ante cualquier incidente de seguridad. La presente Resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. Resolución 162-2026

PROTOCOLO TÉCNICO-OPERATIVO PARA EL USO DE AVATARES DIGITALES COMO MEDIDA DE SEGURIDAD EN AUDIENCIAS TELEMÁTICAS.

Ago12
El presente Protocolo tiene por objeto establecer las normas técnicas, operativas, administrativas y de seguridad que regulan la utilización de avatares digitales institucionales por parte de las juezas y jueces competentes en materia penal; las juezas y jueces especializados en el juzgamiento de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado; las juezas y jueces especializados en violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar; así como por cualquier otra jueza o juez, con independencia de la materia de su competencia, que, en razón de situaciones relacionadas con su seguridad, requiera utilizar esta herramienta tecnológica, durante el desarrollo de audiencias telemáticas efectuadas mediante plataformas tecnológicas autorizadas por el Consejo de la Judicatura. Resolución 164-2026

LEY ORGÁNICA DE EXTRADICIÓN.

Ago07
La presente ley tiene por objeto regular la competencia, procedimientos y requisitos para la aplicación del extradición activa y pasiva, como mecanismo de cooperación jurídica internacional en materia penal. Ley s/n

FORMULARIO DE PERFIL DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR.

Ago07
El Servicio Nacional de Contratación Pública, expidió el Formulario de Perfil de Integridad del Proveedor. Además, expidió el Modelo de Declaración Juramentada de Integridad del Proveedor. La presente Resolución se encuentra publicada en el Registro Oficial. Resolución R.E-SERCOP-2026-0005

REORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIONALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.

Ago07
El Presidente de la República, decretó, reorganizar la institucionalidad de la Presidencia de la República. La misma estará organizada por Secretaría General de la Administración Pública, Planificación y Gabinete; Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público; Secretaría General Jurídica; Secretaría General de Comunicación; y Secretaría General de Integridad Pública. Decreto 467