2026

LA CORTE CONSTITUCIONAL FIJÓ REQUISITOS PARA PRESENTAR UNA ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO CUANDO SE EJECUTÓ UNA SENTENCIA QUE LUEGO FUE REVOCADA.

Feb03
La Corte Constitucional aceptó la acción de incumplimiento respecto de la sentencia emitida en la acción de protección 09281-2021-00691, al constatar que la decisión cuyo cumplimiento se exige dispuso la revocatoria de la sentencia de primera instancia y declaró improcedente la acción de origen, con lo cual dicha decisión quedó sin existencia jurídica, junto con todos sus efectos. En consecuencia, se declaró el incumplimiento de la sentencia emitida por la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y de Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, en cuanto a la revocatoria de la sentencia dictada por la Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en Delitos Flagrantes de Guayaquil. Sentencia 162-23-IS/25

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y COMBATE DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DE OTROS DELITOS.

Feb02
El presente Reglamento tiene por objeto regular la aplicación de las normas contenidas en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. El Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Decreto 298

PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN REDES SOCIALES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS.

Ene30
La Corte Constitucional declaró la vulneración al derecho a la libertad de expresión, del señor C.D.B.H., por cuanto el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lago Agrio le impidió formular comentarios en la página de Facebook de la institución pública y no se evidenció que se haya perseguido un objetivo legítimo ni los parámetros de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. La Corte resolvió que para garantizar el derecho a la libertad de expresión dentro de las redes sociales es esencial que cualquier acción de bloqueo, limitación de interacción o filtrado por parte de instituciones públicas sea en consonancia con sus distintas atribuciones, tienda a cumplir con un fin constitucionalmente legítimo, esté clara y previamente definida, sea transparente, idónea, necesaria y proporcional, y garantice mecanismos administrativos y judiciales para que se pueda prevenir o cesar limitaciones arbitrarias y/o injustificadas. Sentencia 2032-20-JP/25

DIRECTRICES Y RESPONSABILIDADES PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA RED DE CAPACITACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO, DESIGNANDO AL SECAP, COMO ENTIDAD LÍDER DE LOS PROCESOS DE CAPACITACIÓN.

Ene29
El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto regular la creación, estructura, articulación y funcionamiento de la Red de Capacitación del Servicio Público, conforme lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio Público, su Reglamento General y la Norma Técnica del Subsistema de Formación y Capacitación, con la finalidad de priorizar la oferta de capacitación y certificación del Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional-SECAP fortaleciendo el rol de este ente público especializado, optimizando el uso de los recursos públicos y garantizando procesos de capacitación alineados con los objetivos estratégicos del Estado. Acuerdo MDT-2026-002 (R.O. 213-2S, 28-I-2026)

SE REFORMA LA RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC24-00000024.

Ene28
El Servicio de Rentas Interno, reformó los porcentajes de autorretención que las sociedades calificadas como Grandes Contribuyentes deben aplicar, sobre la totalidad de sus ingresos gravados obtenidos a partir del mes de enero de 2026. Resolución NAC-DGERCGC26-00000003

LA EDUCACIÓN DEBE GARANTIZAR ENTORNOS SEGUROS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

Ene27
La Corte Constitucional revisó la sentencia de segunda instancia emitida en un proceso de acción de protección, en el que se conoció un caso de denuncia de violencia física y psicológica ejercida por una docente contra un niño de seis años. La Corte revocó la decisión de segunda instancia y fijó estándares vinculantes para casos análogos sobre el ejercicio del derecho a la educación, en la etapa de educación básica, precisando la respuesta estatal ante casos de violencia escolar. Sentencia 1424-19-JP/25

SE RATIFICA EL “TRATADO SOBRE EL COMERCIO DE ARMAS».

Ene26
El Presidente de la República decretó, ratificar todo el contenido del Tratado sobre el Comercio de Armas, mismo que fue emitido mediante Resolución No. RES-67-234-B, en el cual la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el «Tratado sobre el Comercio de Armas», el cual tiene como objeto establecer normas internacionales comunes para la regulación del comercio internacional de armas convencionales y con ello prevenir y eliminar el tráfico ilícito de armas convencionales y su desvío. Decreto 293

METODOLOGÍA PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 119 LITERALES A) Y B) DE LA LOSNCP, EXCEPTO LA CALIDAD DE PRODUCTOR NACIONAL.

Ene23
El Servicio Nacional de Contratación Pública emitió la Metodología para la aplicación de la potestad sancionadora del Servicio Nacional de Contratación Pública-SERCOP- de conformidad con las infracciones, sanciones y procedimiento tipificado en el artículo 119, literales a) y b), artículo 120 y 121 excepto a la Calidad de Productor Nacional, para el ejercicio de la potestad sancionadora del SERCOP de conformidad con lo prescrito en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Resolución R.E-SERCOP-2026-0001 (R.O. 209-3S, 22-I-2026)

LA CORTE ACLARÓ QUE LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN NO ES LA VÍA PARA RESOLVER DESPIDOS INTEMPESTIVOS EN EMPRESAS PÚBLICAS.

Ene22
La Corte Constitucional aceptó parcialmente la acción extraordinaria de protección al verificar que la sentencia impugnada vulneró el derecho a la seguridad jurídica por haber aceptado una demanda de acción de protección que es manifiestamente improcedente al versar sobre un asunto de naturaleza estrictamente laboral, pues pretendía que se conozca el despido intempestivo de un servidor de una empresa pública. La Corte aclaró que la acción de protección no es la vía para resolver despidos intempestivos en empresas públicas. Sentencia 917-23-EP/25

REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE AUDITORÍAS FORENSES DE LA CGE.

Ene21
La Contraloría General del Estado emitió el Reglamento para la Ejecución de Auditorías Forenses, mismo que tiene por objeto regular el procedimiento para la ejecución de auditorías forenses o la emisión de informes técnicos forenses, éste último por solicitud de otras unidades de control en calidad de apoyo o a petición de autoridad competente, que realizará la Dirección Nacional de Auditoría Forense e Informática de la Contraloría General del Estado, en cumplimiento de las competencias y atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y demás normas conexas. Acuerdo No. 091-CG-2025 (R.O. 208, 21-I-2026)