LEY ORGÁNICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

La presente Ley tiene por objeto garantizar la plena vigencia y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, previstos en la Constitución de la República, los tratados e instrumentos internacionales y la normativa conexa relativa al ámbito de la discapacidad; con enfoque inclusivo, de derechos humanos, género, intergeneracional e intercultural, para garantizar la igualdad real y la no discriminación por discapacidad.

R.O. 73-4S, 03-VII-2025

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