SE DECLARAN INCONSTITUCIONALES LA LEY ORGÁNICA DE INTEGRIDAD PÚBLICA Y LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD NACIONAL.

La Corte Constitucional a través de la Sentencia No. 52-25-IN/25 declaró la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Integridad Pública, su Reglamento General y sus normas conexas, con efectos retroactivos en ciertos segmentos puntuales (COIP, CNA, LOMH)
Además, mediante Sentencia No. 51-25-IN/25 se declaró la inconstitucional de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional por vicios de procedimiento, por cuanto en su aprobación se vulneró el principio de unidad de materia previsto en el artículo 136 de la Constitución.
Las disposiciones dentro de dichas sentencias, señalan que surtirán efecto una vez que las mismas sean publicadas en el Registro Oficial.
Sentencias 51-25-IN/25 y 52-25-IN/25.