LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA LA VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO EN SU GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y DERECHOS DE LAS PARTES, RESPECTO DEL ESTÁNDAR DE MAYOR PROBABILIDAD APLICABLE EN GARANTÍAS JURISDICCIONALES.

La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección y declaró la vulneración del derecho al debido proceso en su garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes, respecto del estándar de mayor probabilidad aplicable en garantías jurisdiccionales.

Al verificar que se cumplen los presupuestos para la procedencia del control de mérito, la Corte examinó las alegadas vulneraciones a los derechos a la salud, a la seguridad social y a la igualdad y no discriminación, y declaró la vulneración de los derechos a la seguridad social por la omisión del prestador privado en tramitar el formulario 008 y activar la cobertura del IESS en un contexto de emergencia médica durante la pandemia de COVID19, también declaró la vulneración del derecho a la salud.

Sentencia 341-22-EP/26

Related Posts

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *