SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2024.
Los sujetos pasivos podrán presentar, de manera excepcional, las declaraciones del impuesto al valor agregado IVA, correspondientes a los períodos fiscales mensuales de octubre y noviembre del año 2024, hasta el mes de enero de 2025, de acuerdo con el noveno dígito del registro único de contribuyentes RUC, sin que la presentación en estas fechas dé lugar a la imposición de multas, recargos ni intereses.
Además, se establece que, de manera excepcional, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas, los contribuyentes especiales, aquellos contribuyentes cuyo domicilio principal se encuentre en la Provincia de Galápagos y los agentes de percepción del IVA no residentes prestadores de servicios digitales, podrán presentar las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes a los períodos fiscales mensuales de octubre y noviembre del año 2024, hasta el mes de enero de 2025.
Resolución NAC-DGERCGC24-00000046