Hábeas data y protección de la intimidad: vulneración de derechos constitucionales.

En esta sentencia se analiza si existe vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía a recurrir el fallo y a la motivación, al principio de non reformatium in pejus, al derecho a la defensa; y, a la tutela judicial efectiva en la sentencia de segundo nivel, misma que resolvió revocar la decisión de primer nivel y declaró sin lugar la acción de hábeas data planteada en contra de una persona natural que poseía fotografías íntimas y personales de la actora

Related Posts

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *