SE IMPLEMENTA EL MECANISMO EXTRAORDINARIO, TEMPORAL, FOCALIZADO Y CONDICIONADO DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA PARA EL SECTOR PESQUERO INDUSTRIAL
El Presidente de la República, decretó, implementar el mecanismo extraordinario, temporal, focalizado y condicionado de compensación económica para el sector pesquero industrial, destinado a mitigar el impacto derivado del incremento del precio del diésel sobre la actividad pesquera industrial, preservando la continuidad de la cadena productiva vinculada a la soberanía alimentaria, el empleo y la competitividad del sector.
Dicha compensación constituye un incentivo pesquero de naturaleza económica, de carácter excepcional, temporal, focalizado, condicionado y verificable, al amparo de los artículos 42, 43 y 45 de la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca.
Decreto 394
