LEY ORGÁNICA DE GOBERNANZA DEL ESPACIO MARINO-COSTERO.

El objeto de esta Ley es promover la preservación y protección de la zona de rompiente y sus zonas adyacentes; regular los usos del mar y fomentar el desarrollo de actividades compatibles, en el marco de la Estrategia Nacional de Gobernanza Marino-Costera y Oceánica, así como de las Políticas Nacionales Oceánicas y Costeras.

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Ley s/n, R.O. 329-4S, 20-VII-2026

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