2025

OBLIGACIÓN DE NOTIFICAR AL CONTRAVENTOR CON LA RESPUESTA DE LA ENTIDAD DE TRÁNSITO SOBRE LA FORMA DE CITAR O CONVOCAR A AUDIENCIA PARA DISCUTIR DICHA RESPUESTA.

Feb27
La Corte Constitucional dentro de un proceso de impugnación de boleta de tránsito, en el cual la Comisión de Tránsito alegó la extemporaneidad de la citación y la judicatura accionada emitió un auto de archivo de la causa sin que previamente se haya notificado al accionante, considera que se vulneró el derecho a la defensa.
En consecuencia, la Corte aceptó la acción extraordinaria de protección y retrotrae el proceso al momento anterior de la vulneración para que se notifique o se convoque a audiencia para que pueda pronunciarse al respecto. Sentencia 466-21-EP/24

NORMAS QUE ESTABLECEN LA OBLIGACIÓN, LAS CONDICIONES, PLAZOS Y LAS EXCEPCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL “ANEXO MINERO”.

Feb26
El objetivo de la presente resolución es establecer a los sujetos obligados, la información a reportar, las condiciones, los plazos, y las excepciones para reportar la información de las actividades económicas relacionadas con la exploración, explotación, beneficio, comercialización local y exportación de minerales metálicos y no metálicos; así como, aprobar el “Anexo Minero” y su contenido.
Resolución NAC-DGERCGC25-00000004

LEY ORGÁNICA PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA MALNUTRICIÓN EN EL ECUADOR.

Feb25
La presente ley tiene por objeto prevenir y reducir la malnutrición por déficit y por exceso en el Ecuador mediante acciones intersecciones articuladas. Las disposiciones de esta ley son de salud y orden público, interés social, de carácter integral y están destinadas exclusivamente a la prevención y reducción de la malnutrición.
Su finalidad será la articulación de instituciones para regular e implementar políticas, programas, proyectos y acciones de prevención y reducción de la malnutrición, que contribuyan a una nutrición adecuada y el desarrollo integral.
R.O. 750-4S, 24-II-2025

REDUCCIÓN DEL IVA AL 8% POR EL FERIADO DE CARNAVAL.

Feb24
El Presidente de la República del Ecuador resolvió reducir al 8% la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado – IVA, por la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas durante los días sábado 01, domingo 02, lunes 03 y martes 04 de marzo de 2025, correspondiente al feriado de carnaval, a nivel nacional.
Decreto 542

SE DISPONE LA SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE FORMARON PARTE DEL BLOQUE DE SEGURIDAD.

Feb21
El Presidente de la República del Ecuador, dispuso a la Policía Nacional, en el ámbito de sus competencias y en coordinación con el Ministerio del Interior, proporcionar seguridad y protección, a las personas formaron parte del Bloque de Seguridad; y que participaron en actividades de decisión, administrativas y/o acciones de defensa; y/o, gestión penitenciaria, dentro del Bloque de Seguridad.
La seguridad y protección estará sujeta a la condición de recibirla, de conformidad con el informe técnico y perfil de riesgo personal, elaborado y determinado por la Policía Nacional; por el plazo de 6 meses, prorrogables en atención al análisis de riesgo.
Decreto 540

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A VARIAS LEYES RESPECTO DE LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD EN EL SISTEMA LABORAL.

Feb20
El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 92 votos, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes Respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral que busca garantizar la igualdad de trato en el sistema laboral para la inserción del trabajo de los jóvenes y de las personas de más de 40 años de edad.
La Ley también establece la protección contra despidos masivos basados en edad; la prohibición de presión para renuncias basadas en edad; garantías especiales para docentes adultos mayores; y, eliminación de jubilación obligatoria por edad.

RETARDO EN LA REDACCIÓN ESCRITA DE UNA SENTENCIA CONSTITUYE UN OBSTÁCULO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO A RECURRIR.

Feb19
La Corte Constitucional acepta la acción extraordinaria de protección planteada dentro de un proceso penal al constatar la vulneración del derecho a recurrir, contenido en el Art. 76 numeral 7 literal m de la CRE. El juez de la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en el cantón Francisco de Orellana vulneró el derecho a recurrir del accionante, en tanto, le habría impuesto un obstáculo irrazonable al reducir a escrito su sentencia aproximadamente 2 años después, y dejando de lado la presentación de un escrito prematuro donde el accionante manifestaba la interposición de su recurso.
Sentencia 817-21-EP/24

DESNATURALIZACIÓN DE LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN POR UTILIZARSE PARA LA EMISIÓN DE BOLETAS DE EXCARCELACIÓN.

Feb18
La Corte Constitucional revisa las peticiones resueltas dentro de tres procesos de acción de protección relacionados con: a) terminación de un nombramiento provisional, b) concesión de una frecuencia radioeléctrica, y c) falta de notificación en un proceso coactivo. Dentro de estos procesos, los jueces emitieron boletas de excarcelación a favor de varias personas privadas de la libertad con sentencias ejecutoriadas.
Los jueces de las causas seleccionadas no tenían competencia legal ni constitucional para conocer peticiones sobre la situación de personas privadas de la libertad en acciones de protección. Por este motivo, esta Corte determina que los jueces de las causas revisadas estaban obligados por mandato de la Constitución y de la LOGJCC a rechazar las peticiones planteadas.
Sentencia 1455-23-JP/24

NO EXISTE AFECTACIÓN AL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LOS ACUERDOS DE CONFIDENCIALIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA.

Feb17
La Corte Constitucional resolvió la acción pública de inconstitucionalidad propuesta en contra de la Resolución DP-DPG-DAJ-2020-034 de 09 de marzo de 2020 emitida por la Defensoría Pública.
Tras el análisis correspondiente, se desestimó la acción al concluir que las disposiciones impugnadas no son incompatibles con el derecho de acceso de la ciudadanía a la información pública generada por las entidades públicas ni con el principio de independencia interna, previstos en los artículos 18, numeral 2, y 168, numeral 1, de la Constitución.
Sentencia 49-22-IN/24

RESOLUCIÓN CON FUERZA DE LEY RESPECTO DE LA BONIFICACIÓN POR DESAHUCIO

Feb14
La Corte Nacional de Justicia dirimió fallos contradictorios y aprueba que el criterio respecto a la procedencia del pago de la bonificación por desahucio es el siguiente: “El trabajador que haya decidido terminar su relación laboral por separación o retiro voluntario, no podrá acogerse a la bonificación por desahucio contemplada en el inciso segundo del artículo 184 del Código del Trabajo, pues se estaría beneficiando dos veces por la terminación de la relación laboral”.
Resolución No. 03-2025