Ley Económica Permite Limpiar Otra Vez El Historial Crediticio

Por segunda ocasión, desde el 2018, los deudores de las instituciones financieras privadas y públicas podrán limpiar su historial crediticio. La Ley de Simplicidad y Progresividad Tributaria, aprobada el pasado 17 de diciembre, plantea que las operaciones de crédito en entidades financieras públicas y privadas, y que estén vencidas hasta el día en que entre en vigencia la Ley, no van a constar en el registro de datos crediticios del cliente.

El beneficio aplica siempre y cuando el deudor pague la obligación en un plazo de 120 días contados a partir de que entre en vigencia la norma, lo cual se espera en estos días. Además, se dispone que las operaciones vencidas hasta 24 meses antes de que rija la Ley tampoco se registren en el historial crediticio de la persona.

Sin embargo, si el cliente vuelve a caer en mora, las deudas que previamente fueron eliminadas volverán a aparecer en su historial. Los deudores de créditos educativos también se beneficiarán de la Ley. Este tema fue agregado por la Asamblea Nacional durante el segundo debate de la Ley, y aceptado por el Presidente de la República. Unas 9 000 personas se beneficiarán con esta última medida. El récord crediticio se forma desde la primera vez que una persona obtiene un préstamo.

Y la calidad de ese historial dependerá de la forma en que el cliente haya cumplido con sus obligaciones. En esa información están incluidas las obligaciones contratadas en las instituciones financieras y en el sector comercial, como casas comerciales, aseguradoras, telefónicas. No importa si la persona está o no al día en su obligación, todo crédito se reporta al registro de la Superintendencia y a los burós de información crediticia privados, que mediante metodologías analíticas construyen un ‘score’ o puntaje, el cual va hasta 1 000.

El ‘score’ es una medida que permite a los prestamistas formales medir el riesgo de un cliente que busca un préstamo. Estar en este registro, que antes se denominaba Central de Riesgos, no significa que no podrá acceder a préstamos, pero hay que tener en cuenta que no pagar a tiempo la tarjeta de crédito o las obligaciones bancarias deteriora el récord crediticio, lo que llevará al banco a ser más cauto a la hora de otorgar un préstamo.

Gabriela Larreátegui, asambleísta de Suma, explica que la intención de la norma es permitir que las personas que han pasado por una situación financiera compleja debido a la crisis económica del país puedan nuevamente acceder a crédito en la banca. De esta manera, la Asamblea buscó dar una nueva oportunidad para que este tipo de deudores puedan limpiar su historial. Ellos también pudieron hacerlo con la Ley de Fomento Productivo, que entró en vigencia en agosto del 2018.

Para la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), esta segunda oportunidad sienta un precedente negativo, ya que promueve una cultura ina­decuada de responsabilidad financiera. La razón: se está justificando el incumplimiento de pagos, cuando lo recomendable es que los usuarios consideren su capacidad de endeudamiento para no incurrir en moras, que terminan afectando su calificación en el buró. Además, la banca advierte que la medida puede llevar a restringir el crédito en lugar de promoverlo.

“No contar con un reporte completo del cliente incide en un mayor nivel de riesgo al momento de la evaluación y, por lo tanto, menores oportunidades para acceder a crédito”, dijo Asobanca. La Asobanca explica que la primera medida establecida en la Ley de Fomento incidió en que la banca sea “más reservada” en la entrega de crédito, ya que dejó de contar con data real para la medición de riesgo de los solicitantes de crédito. Por eso para el gremio, es preferible contar con data completa y blanqueada.

Los más perjudicados de esta medida serán los clientes que obtuvieron por primera vez un préstamo y está vencido. Ellos se quedarían sin historial crediticio. Larréategui cree que serán más los beneficiarios que los perjudicados por la norma. Aunque la medida entrará en vigor cuando la Ley se publique en el Registro Oficial, el sector considera que la Superin­tendencia de Bancos debe elaborar un instructivo. Para Marco Rodríguez, asesor legal del buró Equifax, se necesita detallar qué se entiende por “operación crediticia”. En el caso de las tarjetas, el término podría referirse a cada compra de un bien o servicio, pero también a las cuotas totales en cada corte.

Fuente: www.elcomercio.com

Nota: La información contenida en este artículo es de exclusiva responsabilidad de quien la ha originado y no representa necesariamente el pensamiento ni la línea de EDLE S.A.

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