2026

NORMA GENERAL PARA LA GARANTÍA DEL DERECHO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL USO DE SISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL.

Feb19
La presente norma general tiene por objeto garantizar la aplicación de los principios, derechos y obligaciones previstos en la LOPDP, en el RGLOPDP y en la normativa secundaria expedida por la SPDP, que serán de obligatorio cumplimiento para los responsables y encargados del tratamiento siempre y cuando desarrollen, entrenen, implementen, desplieguen y/o provean sistemas de inteligencia artificial que traten datos personales de titulares ecuatorianos, con independencia de la ubicación del sistema o del proveedor. Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Resolución No. SPDP-SPD-2026-0009-R

SE DECLARA COMO PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO UN PUNTO DE DERECHO RESPECTO DE LOS NUMERALES 1 Y 10 DEL ART. 8 DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO.

Feb18
La Corte Nacional, declaró como PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO el siguiente punto de derecho: “Cuando la Administración Tributaria detecte valores en las cuentas bancarias del contribuyente que a su criterio debían ser declarados, tiene la obligación de probar en sede judicial, por un lado, que éstos valores constituyen ingresos o incremento patrimonial como lo contemplan los numerales 1 y 10 del artículo 8 de la Ley de Régimen Tributario Interno; y, por otro lado, que son gravables con el impuesto a la renta, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 311 del Código Orgánico General de Procesos”. Resolución 02-2026

SE REDUCE AL OCHO POR CIENTO (8 %) LA TARIFA GENERAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) DURANTE LOS DÍAS SÁBADO 14, DOMINGO 15, LUNES 16 Y MARTES 17 DE FEBRERO DE 2026.

Feb13
El Presidente de la República, decretó, reducir al ocho por ciento (8 %) la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley de Turismo, durante los días sábado 14, domingo 15, lunes 16 y martes 17 de febrero de 2026. Decreto 304

LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ QUE EL EMPLEO DE ESTEREOTIPOS DE GÉNERO EN SENTENCIAS PENALES VULNERA EL ACCESO A LA JUSTICIA EN CASOS DE VIOLENCIA SEXUAL.

Feb11
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección planteada en contra de la sentencia de mayoría dictada por la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, en el marco de un proceso penal por el presunto cometimiento del delito de violación. La Corte encontró que la Corte Provincial vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva en el componente de acceso a la justicia, en relación con la debida diligencia reforzada para casos de agresión sexual, al incurrir y basar la sentencia de apelación en estereotipos de género. Sentencia 1190-22-EP/25

LA CORTE DETERMINÓ LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA PROHIBICIÓN TEMPORAL PARA QUE EXSERVIDORAS Y EXSERVIDORES DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA (SCE) EJERZAN ACTIVIDADES PROFESIONALES EN ÁREAS AFINES A LA LEY DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO.

Feb10
La Corte Constitucional resolvió la acción pública de inconstitucionalidad planteada en contra del inciso cuarto del artículo 46 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, que sostiene que, quienes hayan sido servidores o funcionarios de la Superintendencia no podrán ejercer actividades profesionales en áreas afines a la materia regulada bajo esta ley durante el lapso de un año contado a partir de la fecha en que dichos servidores o funcionarios hubieren cesado en sus funciones. Una vez efectuado el análisis correspondiente, la Corte Constitucional desestimó la acción pública de inconstitucionalidad presentada. Sentencia 16-21-IN/25

LA CORTE CONSTITUCIONAL ACLARÓ QUE UN ACTA DE MEDIACIÓN NO PUEDE SER IMPUGNADA MEDIANTE UNA ACCIÓN DE PROTECCIÓN.

Feb09
La Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección presentada contra las sentencias de primera y segunda instancia, dictadas en el marco de una acción de protección. En lo esencial, no se verificó la vulneración de la garantía de motivación, puesto que la sentencia impugnada contiene los requisitos mínimos de motivación, y tampoco del derecho a la seguridad jurídica, puesto que el acuerdo contenido en un acta de mediación no es objeto de acción de protección. Sentencia 1240-21-EP/25

SE DEROGA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIONES LABORALES.

Feb06
El Ministro de Trabajo, resolvió, derogar el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-082, de 25 de julio de 2025, mediante el cual se expidió el “Reglamento de Organizaciones Laborales”. La Disposición Transitoria Primera señala que en el plazo de noventa (90) días desde la suscripción del presente instrumento el Viceministerio de Trabajo y Empleo presentará una propuesta de Reglamento de Organizaciones Laborales que garantice el efectivo cumplimiento del derecho de sindicalización y asociación de los trabajadores y empleadores. El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a la fecha de su suscripción, sin perjuicio de la fecha de su publicación en el Registro Oficial. Acuerdo MDT-2026-019

TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS MÍNIMAS Y TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS PARA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD, PARA EL AÑO 2026.

Feb05
La Ministra de Desarrollo Humano, emitió la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas estará compuesta por seis niveles en función de los ingresos del alimentante. Los ingresos expresados son en Salarios Básicos Unificados (SBU). El primer nivel agrupa a las personas cuyos ingresos expresados en Salarios Básicos Unificados son de 1.00000 SBU hasta 1.25000 SBU, inclusive; el segundo, a las personas cuyos ingresos son de 1.25003 SBU hasta 3.00000 SBU, inclusive; el tercero, a las personas cuyos ingresos son de 3.00003 SBU hasta 4.00000 SBU, inclusive; el cuarto, a las personas cuyos ingresos son de 4.00003 SBU hasta 6.50000 SBU, inclusive; el quinto, a las personas cuyos ingresos son de 6.50003 SBU hasta 9.00000 SBU, inclusive; y finalmente, el sexto nivel, agrupa a las personas cuyos ingresos son de 9.00003 SBU en adelante. Acuerdo MDH-DM-2026-0005-A

NORMA GENERAL SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES A GRAN ESCALA.

Feb04
La presente norma general tendrá por objeto establecer las directrices y criterios técnicos para identificar y gestionar los tratamientos de datos personales a gran escala, de manera que dichos tratamientos se efectúen en concordancia con la LOPDP y el RGLOPDP, en garantía de los principios y la protección efectiva de los derechos y libertades de los titulares de los datos personales. Resolución No. SPDP-SPD-2026-0005-R

LA CORTE CONSTITUCIONAL FIJÓ REQUISITOS PARA PRESENTAR UNA ACCIÓN DE INCUMPLIMIENTO CUANDO SE EJECUTÓ UNA SENTENCIA QUE LUEGO FUE REVOCADA.

Feb03
La Corte Constitucional aceptó la acción de incumplimiento respecto de la sentencia emitida en la acción de protección 09281-2021-00691, al constatar que la decisión cuyo cumplimiento se exige dispuso la revocatoria de la sentencia de primera instancia y declaró improcedente la acción de origen, con lo cual dicha decisión quedó sin existencia jurídica, junto con todos sus efectos. En consecuencia, se declaró el incumplimiento de la sentencia emitida por la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y de Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, en cuanto a la revocatoria de la sentencia dictada por la Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en Delitos Flagrantes de Guayaquil. Sentencia 162-23-IS/25