2026

SE REDUCE EL IVA AL 8% DURANTE LOS DÍAS 03, 04 Y 05 DE ABRIL DE 2026.

Mar31
El Presidente de la República, decretó, reducir al ocho por ciento (8 %) la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas, durante los días viernes 03, sábado 04 y domingo 05 de abril de 2026. Decreto 348

A LOS SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO POR IMPORTACIÓN Y TRANSFERENCIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS.

Mar30
El Servicio de Rentas Internas emitió el listado referencial de aplicación de los números 1, 2 y 3 del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, a fin de clarificar la tarifa de IVA aplicable en las transferencias local o importación de los bienes. Los bienes susceptibles de ser transferidos de manera individualizada, que se comercialicen en forma de lotes, conjuntos o presentaciones agrupadas, estarán gravados con el 15% de IVA, siempre que, al menos uno de los bienes incluidos en dicha agrupación se encuentre sujeto a dicha tarifa. Circular NAC-DGECCGC26-00000002

LA CORTE CONSTITUCIONAL DICTAMINÓ LA CONSTITUCIONALIDAD DEL ACUERDO ESTRATÉGICO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ENTRE LA REPÚBLICA DE ECUADOR Y LA REPÚBLICA DE COREA.

Mar26
La Corte Constitucional emitió dictamen favorable de constitucionalidad del Acuerdo Estratégico de Cooperación Económica, entre la República del Ecuador y la República de Corea (SECA), al concluir que supera el control formal y material previsto en la Constitución, como requisito previo a su ratificación. La Corte verificó que el proceso de negociación, suscripción y trámite del Acuerdo, se ajustó a las normas del ordenamiento jurídico, así como su remisión para el control previo correspondiente. Dictamen 17-25-TI/26A

EL ACCESO AL AGUA ES UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL RECONOCIDO POR LA CONSTITUCIÓN.

Mar25
La Corte Constitucional aceptó la demanda de acción extraordinaria de protección presentada en contra de una sentencia de apelación emitida dentro de una acción de protección, al verificar un vicio de incongruencia frente a las partes en la motivación. Asimismo, luego de constatarse el cumplimiento de los requisitos para que proceda el análisis de mérito, la Corte aceptó la demanda de acción de protección al verificar la vulneración del derecho al agua por parte de la Junta Administradora de Agua Potable “Cuilche el Progreso”. Sentencia 376-17-EP/24

GUÍA DE GESTIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. VERSIÓN 2.

Mar24
La Superintendencia de Protección de Datos Personales emitió la segunda versión de la Guía de Gestión de Riesgos y Evaluación de Impacto del Tratamiento de Datos Personales, dirigida a responsables y encargados del tratamiento. Esta actualización incorpora mejoras que permiten orientar de manera más clara y práctica la identificación, gestión y mitigación de riesgos, así como el cumplimiento adecuado de la evaluación de impacto, conforme a la normativa legal vigente.

LA CORTE CONSTITUCIONAL DECLARÓ CONSTITUCIONAL LA SUSPENSIÓN DEL TRÁNSITO NOCTURNO EN LAS PROVINCIAS DE GUAYAS, LOS RÍOS, EL ORO Y SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.

Mar23
La Corte Constitucional dictaminó la constitucionalidad de la suspensión del derecho a la libertad de tránsito, entre las 23h00 y las 05h00, vigente desde el 15 de marzo de 2026 hasta el final del estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas. Sin embargo, la Corte condicionó la constitucionalidad de la medida a que su implementación esté acompañada de las garantías necesarias para: (i) permitir a la Defensoría del Pueblo, en coordinación con la fuerza pública, monitorear las operaciones llevadas a cabo durante la vigencia del estado de excepción; (ii) que sea aplicada de forma racional y tomando en cuenta, de forma individualizada, las situaciones emergentes de cada persona que requiera ineludiblemente desplazarse durante el toque de queda; y, (iii) no poner en riesgo y asegurar la continuidad del sistema de justicia y de los servicios públicos en general, así como el adecuado funcionamiento de los sectores estratégicos. Dictamen 2-26-EE/26A

REGLAMENTO PARA LA EXTINCIÓN DE LOS INSTITUTOS Y CONSERVATORIOS SUPERIORES QUE CUENTAN CON ESTATUS DE NO ACREDITADO EN LOS AÑOS 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 Y QUE SE ENCUENTRAN SUSPENDIDOS POR EL CONSEJO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR.

Mar20
El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento especial para la extinción de los institutos y conservatorios superiores que cuentan con estatus de no acreditado en los años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y que se encuentran suspendidos por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES). El presente Reglamento se encuentra publicado en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación Superior (CES). Resolución RPC-SE-03-No.012-2026

SE APROBÓ LA UNIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS ORAL Y ESCRITO EN EL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

Mar19
El pleno del Consejo de la Judicatura, resolvió, unificar la distinción administrativa de “sistemas oral y escrito” en el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en Quito, provincia de Pichincha, a fin de que todos los Tribunales Fijos que lo integran, conozcan causas nuevas. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Resolución 045-2026

PRIMER RECESO JUDICIAL EN LA REGIÓN COSTA E INSULAR.

Mar18
El Consejo de la Judicatura, informó a la ciudadanía y a los profesionales del Derecho que, conforme al artículo 96 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de la Función Judicial, los servidores judiciales de las regiones Costa e Insular se acogerán al primer receso judicial del año, el mismo será desde el 17 hasta el 31 de marzo 2026.

SE PRECISAN LAS COMPETENCIAS DE LAS DEPENDENCIAS DE GARANTÍAS PENALES ESPECIALIZADAS PARA EL JUZGAMIENTO DE DELITOS RELACIONADOS CON CORRUPCIÓN Y CRIMEN ORGANIZADO, EN MATERIA DE GARANTÍAS JURISDICCIONALES.

Mar17
El pleno del Consejo de la Judicatura precisó las competencias de las dependencias de Garantías Penales Especializadas para el Juzgamiento de Delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, en materia de garantías jurisdiccionales. Las causas en materia de garantías jurisdiccionales que se encuentren en conocimiento de las y los jueces de las dependencias de Garantías Penales Especializadas para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, seguirán siendo conocidas y resueltas bajo las mismas reglas procesales con las que fueron iniciadas. Resolución No. 042-2026