2026

LA CORTE CONSTITUCIONAL CONCLUYÓ QUE, EN CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO, LA TERMINACIÓN DEL VÍNCULO LABORAL NO VULNERA DERECHOS CUANDO SE AJUSTA A LA LEY.

Ene15
La Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección presentada en contra de una sentencia de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura, dictada dentro de una acción de protección. La Corte determinó la suficiencia motivacional de la sentencia impugnada por contener un análisis sobre la vulneración de derechos constitucionales, además, concluyó que, en cargos de libre nombramiento y remoción, la terminación del vínculo laboral no vulnera derechos cuando se ajusta a la ley y está debidamente motivado. Sentencia 2292-22-EP/25

INSTRUCTIVO DE CALIFICACIÓN DE EMPRESAS DE AUDITORÍA EXTERNA.

Ene14
El presente Instructivo tiene por objeto regular y establecer los requisitos y el procedimiento para la calificación de las empresas auditoras que busquen prestar sus servicios de auditoría externa independiente a las instituciones de educación superior (IES), según lo previsto en la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), su Reglamento y demás normativa que rige el Sistema de Educación Superior. Resolución RPC-SE-01-No.001-2026

LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ QUE SE VULNERÓ EL DERECHO A LA DEFENSA DE UNA EMPRESA DEBIDO A QUE LA COORDINACIÓN DE UN TRIBUNAL DIO INFORMACIÓN ERRÓNEA SOBRE LA HORA DE LA CONVOCATORIA A UNA AUDIENCIA.

Ene13
La Corte Constitucional analizó el derecho a la defensa y el principio de debida diligencia en un auto de declaratoria de abandono y archivo de un proceso contencioso-tributario emitido ante la no comparecencia de la parte accionante a la audiencia. La Corte aceptó la demanda al constatar que la ausencia de la accionante no era atribuible a su negligencia o a una falta de deseo de continuar con el trámite de su demanda, sino a una discrepancia interna del órgano administrador de justicia. Sentencia 1609-22-EP/25

SE REFORMA EL REGLAMENTO CODIFICADO DE REGULACIÓN DE PRECIOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS

Ene12
El Presidente de la República, decretó, reformar el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos. Se incorpora la disposición general vigésima cuarta, misma que dispone que en el mes de enero de cada año, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos actualizará el componente del numeral 2.2.2., y estará vigente para todo el ejercicio fiscal. Decreto 278

LA CORTE CONSTITUCIONAL RECORDÓ QUE INCLUSO CUANDO UNA ACCIÓN ES IMPROCEDENTE, LAS DECISIONES JUDICIALES DEBEN ESTAR DEBIDAMENTE MOTIVADAS.

Ene09
La Corte Constitucional desestimó la acción extraordinaria de protección presentada contra una sentencia de apelación dictada dentro de una acción de protección en la que se impugnó la incautación de acciones de una compañía. La Corte verificó que los jueces provinciales cumplieron con el deber de motivar de manera suficiente su decisión de declarar la improcedencia de la acción. Sentencia 2894-22-EP/25

LA CORTE CONSTITUCIONAL RECORDÓ QUE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EXIGE LA APLICACIÓN CONJUNTA DEL PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD EN CASOS QUE INVOLUCRAN A MUJERES INDÍGENAS CON MÚLTIPLES FACTORES DE DISCRIMINACIÓN.

Ene08
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección contra las sentencias de primer nivel, apelación y casación penal dictadas en contra de una mujer miembro de la comunidad indígena Retén Ichubamba. La Corte constató que se vulnero el derecho a la tutela judicial efectiva al no garantizar el acceso a la justicia de la accionante por la inobservancia del principio de interculturalidad en su dimensión procesal y la no aplicación de un enfoque interseccional que integre las perspectivas de género e intercultural. Sentencia 1043-21-EP/25

CUANDO EL PLAZO PARA APELAR SE APLICA MAL, SE AFECTA EL DERECHO A RECURRIR DE LA PERSONA.

Ene07
La Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada en contra de los autos que denegaron el recurso de apelación y el recurso de hecho, al verificar que se inobservó la regla de trámite prevista en el inciso primero del artículo 257 del COGEP; y, que aquella inobservancia resultó en la vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de recurrir. La Corte concluyó que la judicatura accionada vulneró el derecho de la accionante al debido proceso en la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes. Sentencia 1438-22-EP/25

LA CORTE CONSTITUCIONAL DETERMINÓ LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS MUNICIPIOS EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA.

Ene06
La Corte Constitucional aceptó parcialmente una acción por incumplimiento planteada contra el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Machala por su falta de cumplimiento a una de las obligaciones contenidas en la disposición transitoria primera del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público. La Corte ordenó la aprobación de los estatutos orgánicos y funcionales de las entidades de seguridad. Sentencia 15-23-AN/25.

SE DECLARA ESTADO DE EXCEPCIÓN EN LAS PROVINCIAS DE GUAYAS, MANABÍ, SANTA ELENA, LOS RÍOS, EL ORO, PICHINCHA, ESMERALDAS, SANTO DOMINGO Y SUCUMBÍOS, ASÍ COMO EN LOS CANTONES LA MANÁ, DE LA PROVINCIA DE COTOPAXI.

Ene05
El Presidente de la República, declaró el estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná, de la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía, de la provincia de Bolívar. La declaratoria de estado de excepción tendrá vigencia de sesenta (60) días. Decreto 277.

2025

SE ESTABLECE LA TARIFA DIFERENCIADA DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS PARA EL AÑO 2026.

Dic31
El Presidente de la República, decreto, establecer la tarifa diferenciada del Impuesto a la Salida de Divisas para el año 2026. La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas aplicable a las subpartidas arancelarias correspondientes a los sectores productivos será del 2,5%; y, para las subpartidas arancelarias correspondientes al sector farmacéutico será del 0%, conforme a lo que determine el ente rector de la producción, comercio e inversiones, mediante acuerdo ministerial. Decreto 272.