2025

SE REFORMA LA RESOLUCIÓN 216-2017, QUE CONTIENE EL REGLAMENTO DEL SISTEMA NOTARIAL INTEGRAL DE LA FUNCIÓN JUDICIAL.

Nov20
El pleno del Consejo de la Judicatura, resolvió, reformar la Res. 216-2017 que contiene el reglamento del sistema notarial integral de la función judicial. Se agregó un artículo con el número 125.1 que señala la transferencia de dominio u otra forma de enajenación de bienes en las que intervengan entidades del sector público, el mismo manifiesta que estos actos se encuentran exentas de pago de tarifas por servicios notariales. La presente Resolución entra en vigencia desde su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Resolución 091-2025

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL.

Nov19
El presente Reglamento General tiene por objeto regular la aplicación del régimen jurídico especial de incentivos tributarios y de facilitación de donaciones, destinado exclusivamente al fortalecimiento de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, para el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en el ejercicio de las actividades de protección interna, mantenimiento del orden público, seguridad ciudadana, defensa nacional y seguridad integral del Estado, como medida de política fiscal y económica para la protección del aparato productivo nacional y la estabilidad de las finanzas públicas.
Decreto 213

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS.

Nov18
El presente reglamento general tiene por objeto reglamentar la aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas y se aplicará conforme lo establecido en el artículo 2 de dicha norma. El ente competente para ejercer las facultades de regulación, planificación, gestión, control y sanción en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas será la Autoridad Ambiental Nacional, o la entidad adscrita que el presidente de la República cree para el efecto conforme el trámite de reforma institucional. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Decreto 212

LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES TAMBIÉN ES ESTRUCTURAL CUANDO SE LES EXCLUYE DE CARGOS PARA LOS QUE FUERON ELEGIDAS.

Nov17
La Corte Constitucional revisó sentencias de AP presentadas por la vulneración del derecho a la igualdad material y no discriminación de las mujeres. Estas se fundamentaron en el incumplimiento del principio de paridad, por la elección de hombres para las segundas autoridades del ejecutivo de los gobiernos autónomos descentralizados –uno provincial y los otros municipales–, cuyo periodo de funciones correspondía al 2019-2023. Tras revisar 32 casos, la Corte fijó que, al designar viceprefecturas y vicealcaldías, debe respetarse la paridad cuando haya mujeres electas con derecho a ser designadas.
Sentencia 1041-19-JP/25

PISOS Y TECHOS DE REMUNERACIONES SALARIALES PARA LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DEL ECUADOR.

Nov14
El Ministerio del Trabajo, expidió los pisos y techos de las remuneraciones mensuales unificadas de los puestos de presidente, vocal, secretario – tesorero, secretario; y, tesorero de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales del Ecuador.
R.O. 163-6S, 13-XI-2025

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA MALNUTRICIÓN EN EL ECUADOR.

Nov13
El presente reglamento tiene por objeto regular las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Malnutrición en el Ecuador, así como establecer los mecanismos, procedimientos y medidas necesarias para prevenir y reducir la malnutrición por déficit y por exceso, a través de acciones intersectoriales con enfoque de derechos y no discriminación. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Decreto 211

LA C.C. DETERMINÓ QUE SE VULNERARON LOS DERECHOS AL AGUA, A LA SALUD Y A SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD POR LA DISTRIBUCIÓN DE AGUA CONTAMINADA CON ARSÉNICO EN PUERTO BOLÍVAR.

Nov12
La Corte Constitucional conoció la AP planteada por Ángel Bacilio Reyes Vera, en representación de los moradores de la parroquia de Puerto Bolívar, en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de Machala, la Empresa Pública Municipal de Agua Potable “Aguas Machala EP” (EPMAP) y el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), por la presunta vulneración de los derechos al agua y a la salud, debido a la distribución de agua con niveles de arsénico superiores a los permitidos para el consumo humano. La Corte estableció parámetros específicos de actuación judicial frente a vulneraciones de este derecho en su dimensión colectiva y ratificó la decisión de aceptar la AP y declaró la vulneración del derecho al agua y al principio de prevención en relación con el derecho a la salud y dispone medidas de reparación integral.
Sentencia 4642-22-JP/25

LA C.C. SEÑALÓ QUE LAS INSTITUCIONES DEBEN INFORMAR CON EVIDENCIAS Y DIFUNDIR LAS DECISIONES PARA ASEGURAR CUMPLIMIENTO Y CONTROL CIUDADANO.

Nov11
La Corte Constitucional aceptó la AP presentada en contra de las sentencias de la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos y de la Unidad Judicial de la Familia del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Este Organismo verificó que las sentencias impugnadas adolecen de insuficiencia motivacional y que la Unidad Judicial vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de presentar pruebas. La Corte reconstruyó la regla de precedente contenida en la sentencia 673-17-EP/23 y concluyó que el Registro Civil vulneró el derecho a la identidad, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a acceder a servicios públicos del ciudadano E.A.Y.P.
Sentencia 375-24-EP/25

PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO.

Nov10
La Corte Nacional de Justicia, resolvió declarar como precedente jurisprudencial Obligatorio en el numeral 1 del Art. 216 del Código del Trabajo, el siguiente punto de derecho: “La regla 1 del artículo 216 del Código del Trabajo señala que se considerará obligatoriamente como haber individual para el cálculo de jubilación el fondo de reserva. A los trabajadores que cumplen los requisitos para la jubilación patronal, se aplicarán las reglas del artículo 216 del Código de Trabajo. El empleador tendrá derecho a que del fondo de jubilación formado con la regla 1, se le rebaje la suma total de los valores que por fondo de reserva hubiere depositado el empleador en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o entregado al trabajador, en aplicación del principio de favorabilidad”.
Resolución 16-2025

INCUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA NO PUEDE ATRIBUIRSE A LA ENTIDAD OBLIGADA CUANDO DERIVA DE UNA INTERPRETACIÓN ERRÓNEA DEL TRIBUNAL EJECUTOR.

Nov07
La Corte Constitucional aceptó la acción de incumplimiento presentada a petición de parte y ante el juez ejecutor en contra de una sentencia emitida en una acción de protección. La Corte constató que dicha decisión estableció una medida de reparación de naturaleza económica, cuya cuantificación correspondía al respectivo Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, este Organismo declaró el incumplimiento de la medida ordenada, al verificar que no se efectuó la cuantificación de la reparación económica; consecuencia de lo cual el CNE no podía proceder con el pago.
Sentencia 126-23-IS/25